Principios de la reglamentación y regulación

Pertinentes. Los reglamentos y regulaciones expedidos deberán responder a las necesidades institucionales, a las exigencias del sistema educativo mexicano, a las tendencias nacionales e internacionales educativas y tener sustento en el ordenamiento jurídico nacional y estatal.

Jerarquía. La Ley Orgánica de la Universidad de Colima prevalecerá sobre cualquier reglamento o regulación y éstos deben ajustarse a ella. No pueden ser contradictorias entre sí, y además ninguna regulación predominará sobre los reglamentos.

Irretroactividad. Los reglamentos y regulaciones aprobados por los órganos de gobierno universitario nunca podrán ser aplicados de manera retroactiva.

Competencia. Los reglamentos y regulaciones sólo tendrán efectos legales al ser elaborados y expedidos por los órganos universitarios facultados para dicha acción.

Legitimidad. La reglamentación deberá ser expedida por el Consejo Universitario y las regulaciones aprobadas por el rector, en pleno cumplimiento del proceso y requisitos establecidos en la normativa universitaria.

Promulgación. Para que surta los efectos legales correspondientes, los reglamentos deberán ser autorizados por el Consejo Universitario y las regulaciones por el rector, a través de la expedición del Acuerdo correspondiente, el cual deberá ser publicado en la Gaceta “Rectoría”.

Públicos. Todos los reglamentos y regulaciones expedidos por los órganos de gobierno universitario facultados para tal fin deberán ser puestos al alcance de la comunidad universitaria y de la sociedad a través de la Normateca Institucional.